Seguridad Social 2026: Nuevas obligaciones para pensionistas residentes en el extranjero

Desde Iuris Justitia Creditor, despacho de abogados especializado en gestión de impagos en Madrid, informamos sobre la reciente actualización normativa del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). A partir de 2026, los ciudadanos que perciban prestaciones españolas residiendo fuera del país deberán cumplir con nuevos requisitos de acreditación de vivencia para evitar la suspensión de sus derechos económicos.

Plazos y periodicidad: Calendario de cumplimiento 2026

El Gobierno ha endurecido el control sobre las prestaciones internacionales. El objetivo es asegurar la correcta asignación de los recursos públicos y evitar pagos indebidos, una materia en la que la transparencia es fundamental.

Fechas críticas para el ejercicio 2026

  • Primer periodo de acreditación: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2026.

  • Segundo periodo de acreditación: Durante el mes de septiembre de 2026.

Es relevante destacar que, de cara a 2027, la frecuencia aumentará a tres veces por año, consolidando un marco de control más estricto para los beneficiarios internacionales.

VIVESS: La nueva herramienta de acreditación digital

Para agilizar el proceso y minimizar la carga administrativa, se ha habilitado la aplicación VIVESS. Esta plataforma utiliza tecnología biométrica para permitir la identificación del interesado desde su lugar de residencia sin necesidad de desplazarse a sedes consulares.

Características del sistema digital:

  • Videoidentificación segura: Proceso autenticado mediante el documento de identidad y reconocimiento facial.

  • Justificante inmediato: Emisión de un certificado de acreditación al finalizar el proceso.

  • Multilenguaje: Disponible en castellano, inglés, francés y alemán para facilitar su uso a nivel global.

Consecuencias jurídicas de la falta de acreditación

Como expertos en el ámbito legal y la recuperación de activos, subrayamos la importancia de cumplir escrupulosamente con estos plazos. El incumplimiento del deber de acreditar la vivencia conlleva la suspensión cautelar de la pensión.

Aunque la situación es regularizable a posteriori, la interrupción del flujo de ingresos puede generar complicaciones financieras innecesarias. El INSS mantiene activas las vías tradicionales (presencia física en Consejerías o envío de fe de vida notarial) para aquellos que no opten por la vía digital.

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