Hacienda facilita el cobro de sus créditos a los acreedores en concurso

El 20 de noviembre de 2014 Hacienda publico una instrucción por la que los acreedores que hayan declarado el concurso de acreedores tengan mas facilidades para pagar sus deudas con Hacienda. Ver: » Instrucción 3/2014, de 19 de noviembre de 2014, del Departamento de Recaudación de la AEAT, para la suscripción de acuerdos singulares con obligados declarados en concurso de acreedores» Este tipo de acuerdos sirven para facilitar el pago del crédito tributario con calificación de privilegiado dentro del proceso concursal, permitiendo una flexibilidad de la que no gozan otros procedimientos como el aplazamiento o el fraccionamiento del pago. Puntos a destacar:

  • La regla general es la no adhesión al convenio, para los créditos privilegiados, que se regirán por el acuerdo singular. No obstante, el Departamento de Recaudación puede autorizar la adhesión, en cuyo caso los criterios de la instrucción deberán presidir la labor negociadora de la Agencia a efectos del convenio. 
  • El acuerdo solo puede suscribirse antes de la fecha de eficacia del convenio.La aprobación del acuerdo exige hallarse al corriente en el pago de los créditos contra la masa y los que surjan tras la fecha de eficacia del convenio. 
  • El acuerdo no puede conllevar, como regla general, quitas. La quita nunca afectara, en cualquier caso, ni a retenciones y pagos a cuenta ni a deuda aduanera. Si podrá establecer esperas, que devengaran los intereses pactados, inferiores, si así se dispone, al tipo de interés de demora. 
  • Podrán pactarse garantías tales como embargo de establecimientos mercantiles y, en general, las que se consideren convenientes. 
  • En todo acuerdo se reflejara que: a) Todo crédito privilegiado que se ponga de manifiesto un vez firmado el acuerdo se incorpora automáticamente al mismo. b) La falta de cumplimiento de las condiciones del acuerdo determinara la ejecución de los embargos y garantías. c) Las consecuencias de dicho incumplimiento, deben reflejarse en el acuerdo.

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